¿Es ilegal revender su botella de champú en línea?
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¿Es ilegal revender su botella de champú en línea?

Jul 30, 2023

Realmente no veo cómo esta empresa tendría un reclamo. Si compro un automóvil, lo conduzco y luego lo vendo en una publicación con una imagen, esto también se considera una infracción de derechos de autor. Espero que la única infracción de derechos de autor provenga, por ejemplo, del uso de su comercial en la venta de este producto. Claramente, según la definición de derechos de autor, esto no fue una infracción de http://www.copyright.gov/circs/circ1.html#wci¿Qué es el derecho de autor?

Los derechos de autor son una forma de protección proporcionada por las leyes de los Estados Unidos (título 17, Código de los EE. UU.) a los autores de “obras originales de autoría”, incluidas obras literarias, dramáticas, musicales, artísticas y otras obras intelectuales. Esta protección está disponible tanto para trabajos publicados como para inéditos. La sección 106 de la Ley de Derecho de Autor de 1976 generalmente otorga al propietario del derecho de autor el derecho exclusivo de hacer y autorizar a otros a hacer lo siguiente:

*

Reproducir la obra en copias o fonogramas;*

Preparar trabajos derivados basados ​​en el trabajo;*

Distribuir copias o fonogramas de la obra al público mediante venta u otra transferencia de propiedad, o mediante alquiler, arrendamiento o préstamo;*

Representar públicamente la obra, cuando se trate de obras literarias, musicales, dramáticas, coreográficas, pantomimas y películas cinematográficas y otras obras audiovisuales;*

Exhibir públicamente la obra, cuando se trate de obras literarias, musicales, dramáticas, coreográficas, pantomimas y obras pictóricas, gráficas o escultóricas, incluidas las imágenes individuales de una película cinematográfica u otra obra audiovisual; y*

En el caso de grabaciones sonoras*, realizar la obra públicamente mediante una transmisión de audio digital.

Además, ciertos autores de obras de arte visual tienen los derechos de atribución e integridad como se describe en la sección 106A de la Ley de Derecho de Autor de 1976. Para mayor información solicitar la Circular 40, Registro de Derechos de Autor de Obras de Artes Visuales.

Es ilegal que cualquier persona viole cualquiera de los derechos otorgados por la ley de derechos de autor al propietario de los derechos de autor. Estos derechos, sin embargo, no tienen un alcance ilimitado. Las secciones 107 a 121 de la Ley de Derecho de Autor de 1976 establecen limitaciones a estos derechos. En algunos casos, estas limitaciones son exenciones específicas de responsabilidad por derechos de autor. Una limitación importante es la doctrina del “uso legítimo”, que tiene una base legal en el artículo 107 de la Ley de Derecho de Autor de 1976. En otros casos, la limitación toma la forma de una “licencia obligatoria” según la cual se permiten ciertos usos limitados de obras protegidas por derechos de autor previo pago de regalías específicas y cumplimiento de condiciones legales. Para obtener más información sobre las limitaciones de cualquiera de estos derechos, consulte la ley de derechos de autor o escriba a la Oficina de Derechos de Autor.

*Nota: Las grabaciones sonoras se definen en la ley como “obras que resultan de la fijación de una serie de sonidos musicales, hablados o de otro tipo, pero sin incluir los sonidos que acompañan a una película u otra obra audiovisual”. Los ejemplos comunes incluyen grabaciones de música, teatro o conferencias. No es lo mismo una grabación sonora que un fonograma. Un fonograma es el objeto físico en el que se plasman las obras de autoría. La palabra “fonograma” incluye cintas de casete, CD, LP, discos de 45 rpm y otros formatos.